El Tribunal Supremo ha confirmado el abono de la indemnización reclamada por la aseguradora de la vivienda que resultó dañada a causa del incendio del vehículo aparcado en su garaje privado. Así lo ha ratificado la Sala de lo Civil en su sentencia 674/2019, en la que se pronuncia sobre el recurso interpuesto por la aseguradora del vehículo.
En este suceso en particular, el vehículo comenzó a arder tras haber pasado más de 24 horas sin circular, teniendo el propietario un seguro obligatorio de uso y circulación de vehículo de motor con la aseguradora demandada.
El Supremo se acoge así a la doctrina ya establecida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europa, donde se estima que el concepto de circulación de vehículos no se limita exclusivamente a la circulación vial y que incluye cualquier función que corresponda a la función habitual, como es el hecho de que esté inmovilizado en un aparcamiento en el momento de producirse el accidente.