Los ciudadanos que hayan perdido todos los puntos de su permiso de conducir no podrán circular de forma legal, aunque gocen de permisos expedidos en terceros países.
Así lo decidió recientemente el Tribual Supremo en una sentencia fechada en julio de 2019. Una decisión a través de la cual se pretende poner coto a una práctica identificada como extendida, cuando algunos conductores que habían perdido todos los puntos se acogían a permisos de otros países para poder circular dentro de la legalidad, lo que ya no será posible.
El Supremo específica, no obstante, que la pérdida total de puntos solo afecta a la imposibilidad de conducir «en territorio nacional», independientemente de que sí se pueda hacer en otros países.
En esta causa particular, que tuvo como acusado al piloto Pol Epargaró, el Alto Tribunal confirmó la condena por un delito contra la seguridad vial con una multa de 64.800 euros tras ser sorprendido el sujeto conduciendo con permiso andorrano habiendo perdido los puntos en España.