En las anotaciones de libros de ventas e ingresos y de compras y gastos se hará constar el número de identificación fiscal de la contraparte de la operación. Esta es una de las principales novedades que trae consigo la nueva orden de Hacienda por la que se regula la llevanza de los libros en el IRPF. De esta forma, todos los contribuyentes que realicen actividades profesionales en estimación directa deberán tenerlos al día.
Esta nueva normativa, que sirve para derogar la promulgada en 1993, contempla otras obligaciones a partir del próximo año. Los empresarios y profesionales tendrán que conservar y llevar ante Hacienda, además de un libro de registro de fondos de provisiones y suplidos, otro relativo a los bienes de inversión.
Toda esta documentación deberá llevarse actualizada, con claridad y exactitud. De esta forma, deberán conservarse todos los justificantes, facturas y todos los documentos acreditativos de las operaciones realizadas de los últimos cuatro años para exhibirlos ante la Administración pública cuando así se requiera.