La situación de vulnerabilidad de una mujer tras un pacto de divorcio tiene más peso que el propio acuerdo adoptado entre las partes. Así lo ha dictaminado recientemente la Audiencia Provincial de Jaén, que obliga a un hombre a pagar 300 euros mensuales a su exmujer de forma vitalicia, a pesar de que el convenio establecía tan solo un período de seis años.
El Tribunal ha tumbado el convenio por considerar que el mismo «era ventajoso para el exmarido». A juicio de la Audiencia, en el proceso de pacto no se tuvo en cuenta que ella carecía de formación, experiencia laboral y que había denunciado malos tratos. De esta forma, el acuerdo que en un principio fue pactado entre las partes queda sin vigencia en cuanto a la pensión a la que tendrá que hacer frente el exmarido.
La resolución, que ha sido recurrida ante el Supremo, corrige el fallo emitido en primera instancia por un juzgado de Linares.
Tanto la sala como la Fiscalía entienden que existen indicios de suficiente enjundia para sostener la posible realidad de los hechos denunciados. Del mismo modo, el Ministerio Público lamenta que el tribunal militar de instancia «dulcificara» los mismos.