La plataforma TripAdvisor no tendrá que responder por competencia desleal, pese a los comentarios negativos realizados por los usuarios en la web. El gestor de contenidos del sector de la hostelería y restauración ha salido airoso de una demanda tras desestimar el Juzgado de lo Mercantil número 7 de Barcelona un procedimiento iniciado por uno de los negocios que sufrió opiniones negativas por parte de algunos usuarios.
El Juzgado, en una sentencia fechada el 18 de septiembre de 2018, considera que no se ha producido una explotación de la reputación ajena y que el modelo de negocio de la firma demandada no está asentado en la reputación de los establecimientos que tienen un perfil en dicha plataforma, por lo que descarta así cualquier política de parasitismo.
Aunque en un principio la parte demandante no dio permiso previo para que los usuarios publicasen los perfiles profesionales en TripAdvisor, la persona responsable de los negocios se registró posteriormente para moderar los comentarios, por lo que obtuvo la titularidad de esos perfiles, lo que implica la celebración de un contrato entre ambas partes.
La sentencia rechaza por parte de TripAdvisor la existencia de actos contrarios a la buena fe tras realizar un control adecuado de las opiniones vertidas sobre el negocio, hasta el punto de eliminar dos de ellas al día siguiente de su publicación.